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¿Estás cansado de subir y bajar escaleras día tras día? Si sueñas con la comodidad de tener un ascensor en tu edificio, estás en el lugar adecuado. Pero hay viviendas en donde no está claro dónde puede ubicarse el ascensor y no significa que no puedan instalarse. En este blog te brindaremos toda la información que necesitas para empezar con este proyecto y cumplir con la normativa vigente.

Normativa para las comunidades de propietarios

A la hora de realizar el hueco para instalar un ascensor deberemos tener en cuenta la normativa vigente.

Deberemos reunir dos requisitos fundamentales de acuerdo a la normativa sobre ascensores en la comunidad de vecinos: en primer lugar, el voto favorable de la mayoría de los propietarios y, en segundo lugar, que estos propietarios tengan la mayoría de las cuotas de participación. Esta información viene regulada en el Artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH):

 La realización de obras (…) que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con discapacidad y, en todo caso, el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación (…) de los Estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.

 Además, si en tu comunidad de vecinos hay algún propietario que sea mayor de 70 años o que tenga algún tipo de discapacidad, la ley les ampara de cara a realizar una instalación de ascensor obligatoria. Esto está recogido en al Artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH):

Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios (…) las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar (…) la accesibilidad (…) de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

Ubicación del ascensor

Encontrar un hueco para la instalación de un ascensor no es tarea fácil, deberemos tener en cuenta las medidas estándar para colocar un ascensor accesible. Estos son algunos de los casos que podemos encontrarnos:

  • Instalación en el hueco de la escalera

Cuando se trata de realizar la instalación de un ascensor, la opción ideal es aprovechar el hueco existente en la escalera de nuestro edificio. Esta alternativa siempre deberá ser considerada en primer lugar, aunque haya que modificar las escaleras existentes.

  • Instalación en un patio interior

En este tipo de instalación no se invade la superficie construida, además su obra es sencilla, pero a menudo no es posible llevar a cabo por otros motivos.

  • Instalación en la fachada

Este tipo de instalación resulta ideal cuando el espacio circundante al edificio pertenece a la misma parcela. En este caso, podemos acceder al ascensor desde la calle a través de un vestíbulo previo. Sin embargo, si nos vemos en la necesidad de colocar el ascensor en suelo público, la situación se complica considerablemente.

  • Instalación en zonas interiores

Esta instalación es la más desfavorable ya que la instalación del ascensor se realiza en el interior de alguna de las viviendas del edificio y supone una pérdida de espacio útil.

Obra a realizar que requiere de corte

Ya sabemos que el proceso de obra para la instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos puede variar dependiendo de las características del edificio y los requisitos locales. Por eso, si necesitas que se abra un hueco en las escaleras o las viviendas, es posible que una empresa como la nuestra tenga que hacer esta parte del trabajo cortando paredes, suelos, forjados, vigas, techos, etc.

 

Desde PCH perforaciones y cortes de hormigón, esperamos que esta información sea útil para vosotros y que si estáis pensando en instalar un ascensor en vuestra comunidad contéis con nuestro trabajo. ¡Hasta la próxima!